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Colabora participando con Miaullidos

Debido a la gran cantidad de gatos comunitarios existentes en el término municipal de Lorquí y conscientes de los elevados casos de abandono de otros animales y de las grandes carencias existentes en cuanto a la protección de los animales se refiere, se decide crear la presente asociación con la finalidad principal de proteger a los animales domésticos en general, basando además su acción en una auténtica labor social-educativa del ciudadano y de colaboración en la gestión ética de las colonias felinas del termino municipal de Lorquí.

Miembros

Dependiendo de las actuaciones y grado de involucración que los miembros quieran y se comprometan a realizar por medio del volante correspondiente, teniendo este carácter contractual, tendrán una categoría determinada en sus derechos, deberes y obligaciones, siendo estas categorías las siguientes: Colaborador, Voluntario, Padrino y Socio.

Se podrá cambiar de categoría una sola vez al año, contando desde el día de su admisión, previo aviso y justificando los motivos del cambio por escrito al menos con 7 días de antelación. Siendo motivo de falta o sanción el no cumplir en forma y tiempo.

miaullidos

¿Por qué es tan importante tu apoyo?

Nuestra labor abarca desde la gestión ética de las colonias felinas del municipio hasta la acogida y amparo económico de animales abandonados, pasando por una intensa labor divulgativa y de concienciación ciudadana. Cada pequeña aportación directa o colaboración activa nos permite sufragar veterinarios, alimentos y cuidados que salvan vidas a diario.

Derechos (artículos 7)

Los/as colaboradores/as tienen los siguientes derechos:
    a) A participar en actividades de la Asociación
    b) A recibir apoyo de la misma en los rescates de animales por cuenta propia, dentro de los medios con los que cuente en ese momento la Asociación.

Obligaciones (artículo 8)

Es deber de todos los miembros no perjudicar ni hacer actuaciones que menoscaben la imagen de la asociación. Así como informar de todas aquellas actuaciones que realicen en nombre de la misma. Y es deber de los miembros cumplir con las obligaciones establecidas en su categoría, siendo estas:

Los/las colaboradores/as vienen obligados/as a:
    a) Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
    b) Se compromete a cumplir con lo establecido en su solicitud, pudiendo además realizar cualquier otra labor en beneficio de la asociación sin que esto suponga compromiso alguno, y siempre de forma puntual, dentro de las condiciones pactadas.

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